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Ambas afirmaciones son absolutamente falsas

El psiquiatra Richard Alan Gardner acuñó el término SAP ( Síndrome de  Alienación Parental) en 1985, enmarcándolo principalmente dentro del contexto de  un divorcio contencioso. Y dejó claro en su obra que, durante la evaluación debe  descartarse la existencia de un maltrato real o abuso hacia ese menor, que haría  incompatible el diagnóstico de un SAP ( Gardner, 1992). No es cierto que el SAP  fuese un recurso construido – creado- por Richard Gardner, siendo la realidad, que la  alienación parental fue una construcción de los equipos psicosociales adscritos a los  juzgados de familia de Nueva York en 1980, lo que significa que sucedió cinco años  antes de que el Dr. Richard Gardner acuñara el posteriormente controvertido  Síndrome de Alienación Parental. 

Las expertas y expertos del Consejo General del Poder Judicial critican al SAP  apoyándose en descalificar – falacia ad hominem– la obra de Richard Gardner y la  orientación de su trabajo. Afirman -pág 271 Guía práctica 2016 de la ley 1/2004- que la  Ley Integral 1/2004 de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género ha  supuesto la aparición en escena de reacciones para su minimización, utilizando el  Síndrome de Alienación Parental como recurso inventado por Richard Gardner (1985).  Sorprende que el grupo de ilustres expertos no le acusen de brujo adivino, pues Richard  Gardner habría formulado su recurso en Estados Unidos diecinueve años antes de que  en España se publicase la referida Ley Integral de Violencia de Género 

Los negacionistas del SAP ignoran u omiten, que el fenómeno conocido como  Síndrome de Alienación Parental (SAP) fue inicialmente descrito a finales de los años  70 como “alianza hostil” entre uno de los progenitores y el hijo, en contraposición al  otro progenitor (Wallerstein y Kelly, 1976, 1980). Esta «alianza hostil» desemboca  en situaciones de rechazo hacia uno de los padres por parte del niño, generalmente  acompañado por una fuerte resistencia al contacto y a las visitas. Según esta  primera descripción, se consideró la existencia de una alienación o alianza  patológica entre un progenitor herido o enfadado y el hijo, que se activaba durante  la separación. Posteriormente Gardner acuño el Síndrome de Alienación Parental  (1985).  

Esta forma de maltrato psicológico a menores también ha sido tratada con otros  vocablos y matices por numerosos autores anteriores y posteriores a Richard Gardner. A  ello se refería la descripción del «progenitor programador» de Duncan (1978), o a lo  que Wallerstein y Kelly (1980) denominaron el «Síndrome de Medea», terminología  que también adoptó Jacobs (1988). En el caso del «Síndrome de Medea», la madre o  el padre descargan todas sus frustraciones con agresividad hacia su descendencia, 

llegando incluso a utilizar a su hijo o hija como instrumento de poder y de  venganza hacia su expareja hasta arrebatarle la vida, pues matando al hijo o a la  hija destruyen el vínculo de unión con la expareja.  

Tucker y Cornwall (1977) describieron un caso de «locura compartida» o «locura de  dos» —folie ádeuxentre una madre y su hijo a raíz del divorcio. En este caso, el  menor intentó matar a su propio padre incendiando su casa. El «Síndrome de  Munchausen» o por poderes, definido inicialmente por Meadow (1977), también se  ha relacionado con el rechazo filio-parental, por cuanto uno de los progenitores arriesga  la salud de su propio hijo o hija, inventándose síntomas falsos o provocando síntomas  reales para evitar que este tenga contacto con el otro progenitor.  

Entre 1982 y 1983, Robert Edgard Emery y Kurdek y Berg ya habían recogido en  sus estudios y artículos esta forma de maltrato psicológico hacia los hijos antes del  divorcio, durante el mismo y después.  Jamás Richard Gardner fue denunciado, enjuiciado y condenado por abusos sexuales.  Sin embargo, los negacionistas del SAP ocultan que el psicólogo argentino Jorge Corsi,  que acuñó el concepto de violencia vicaria , ha sido un referente fundamental para  desacreditar las denuncias por alienación parental. Al psicólogo Corsi se le ha tratado  como referente experto en violencia de género y, a diferencia de Richard Gardner,  el referido psicólogo sí que fue denunciado, enjuiciado y condenado en 2008 a tres  años de prisión en su país por corrupción de menores. Su técnica consistía en  acercarse a asociaciones de mujeres divorciadas en las que encontraba a madres  vulnerables, logrando así su confianza para tener la posibilidad de acercarse a sus hijos  y abusar sexualmente de ellos. Cuando llegó a Argentina procedente de España, había  estado impartiendo y cobrando conferencias organizadas por todo el territorio nacional  español por el Instituto de la Mujer, siendo también autor de una guía para la prevención  y persecución de la violencia de género, editada también a costa del contribuyente  español.

Esteban Bastida Martín.

Todos los derechos reservados

ISBN 978-84-19304-02-5

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